viernes, 5 de agosto de 2011

Derechos Reales

Los DR..... Derivan de la palabra "res" = cosa

Concepto.- Son derechos que facultan a su titular para que patra que saque sualquier provecho de una cosa en su forma.

Máxima = Derecho de Propiedad
Restringida = Usufructo, derecho de hipoteca

iura in re alinea ( desmembramiento de la propiedad).

COSA
Concepto.- Son elementos corpóreos o incorpóreos del mundo exterior que pueden producir una satisfacción en el hombre.

*Puede estar dentro del comercio (apropiación privada).
* O fuera de esté. (por razones físicas ej : el sol ).

Cosa Clasificación en relación al Derecho Humano

Res Comunes omnium iure naturali: Pertenecen a todos por Derecho Natural.

Res Publicae: Deben estar a disposición del público en general.

Res universitatum: Son aquellas sustraidas del comercio por estar reservadas al uso de una corporación publica inferior al Estado (municipio).

Cosa fuera del comercio por razones diversas, establecidas en consideraciones morales (futura herencia).

Cosa Clasificación en relación al Derecho Divino

Res Sacrae.-  Destinadas al culto de los dioses públicos (templos).

Res Religiosae.-  Destinadas al culto de os dioses domésticos (tumbas).

Res Sanctae .-  Límites de los campos o de la cuidad (con sus murallas y puertas).


Distinciones de Res in Comercio

Res Mancipi .- Son terrenos dentro de italia ( servidumbres públicas).
Res nec mancipi.- Son los demás cosas son que estén en el comercio.

Muebles .-  Aquellas que se pueden transladar de un lugar a otro.

Moventia.-  Cosas que se mueven por propia fuerza interior.

Inmuebles .- Los que no se transladan de un lugar a otro.

Bienes Genericos.- Aquellas son libremente intercambiables, todavia no son individualizadas pueden individualizarse "contando",midiendo o pesados.

Bienes específicos.- Ya son individualizados, por el hecho de poseer caracteristicas particulares.

Bienes consumibles.- El uso normal de un bien como consecuencia su desaparición.

Bienes no consumibles.- El uso normal no consume de modo perceptible la cosa.

Bienes Corporeos.- Aquellos que puden ser tocados.

Bienes Incorporeos.- Los que no pueden ser tocados, tiene valor patrimonial ( créditos, derechos reales sobre cosas ajenas).

Accesorios .- Componentes de las principales (lo accesorio sigue a los principal).
Simples (res singulae).
Compuestas (res singulares).

Divisibles.- La que puede descomponerse sin perder su caracter original.
Indivisible.- Aquellas que no se puede dividir pues en caso de hacerlo perderia su caracter original.

Capital o cosa matriz.- Terreno con siembra de maíz.

Frutos .- (Naturales .- Cosecha).
( Civiles .- los frutos civiles de un edificio), (renta).


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