miércoles, 3 de agosto de 2011

Derecho Procesal Civil

1. Menciona las tres formas en que el Derecho Romano permitio a los ciudadanos ejercer la Justicia Privada ?

    Legitima Defensa; se estimo como una institución de Derecho natural, el repeler por la violencia toda agresión,injustificada de que fuera víctima.
Hacerse Justicia por Propia Mano;al fin de obligar a otro a cumplir sus deberes se estimo contrario al derecho.
Derecho de Retención; que ejercitaba uan de las partes, en un contrato, si la otra no cumpli su deber, el derecho del comodato a retener la cosa materia del contrato, si el comodante no le indemnizaba de los perjuicios que sufrio por vicios ocultos de la cosa.

2. Actualmente en que consiste el Derecho de Acción?
    Al derecho de recurrir ante los organos jurisdiccionales, se denomina derecho de acción o acción propiamente.

3. Menciona los dos tipos de Organos Jurisdiccionales que existierón?
    Los magistrados dotados de uirisdictio (uiris dicere) o facultad de decir si una de las partes de iurisdictio podia llevar la demanda ante un juez  o bien negar esa posibilidad (denegare actionem), de otro, los iudices a quienes se otrogaba la iudicatio (iudicare) que era la facultad de resolver un proceso.

4. Menciona las tres fases de procesal civil romano?
    Legis actiones,  la del procedimiento formulario y la del procedimiento extraordinem.

5. En que consisten las legis actiones, explica brevemente?
    Estaban reservadas exclusivamente para los ciudadanos romanos;consistian en declaraciones solemnes del derecho que aducían las partes o por lo menos una de ellas ante el magistrado, a fin de reclamar, y en su caso, la sanción de un derecho reconocido por el iuris civile.

6. Explica paso a paso el procedimiento formulario?
    En el sistema el magistrado llevaba la dirección del proceso e indicaba a cada parte sus derechos y deberes procesales , las partes manifestaban libremente sus pretensiones y el magisterio fundandosenen esa libre exposición concedia la formula en la cual resumia por escrito la verdadera cuestión litigiosa;este procedimiento tenia de común con el de las acciones de la ley la divisón del proceso en dos instancias sucesivas :in iure y apud iudicem.

7. Menciona los elementos que debia contener la formula en el procedimiento?
    La institutio iudicis o designación del juez , la demonstratio,breve indicación de la causa del litigio, la intentio, era el lemento medular que no podia faltar,contenia la pretensión del actorny de cuya constatación dependía el fallo del juez; la adiudicatio, el la que atribuyese derechos a las partes, lo que solo era posible en las acciones divisorias y la condemnatio, que era la aparte de la formula por la cual el juez recibe autorización para condenar al demandado o de absolverlo.

8. Menciona los elementos accesorios que contenia la formula?
    Excepctio,replicatio,duplicatio y las praescriptiones.

9. A que se llama litis constestatio?
    Cuando la formula era aceptada por las partes,concluia el procedimiento in uire .

10. Como debia ser la sentencia en el procedimiento formulario?
       Absolviendo o condenando;ademas pasado el plazo de su impugnación,se considera expresión de la verdad legal:res iudicata pro veritate accipitur.

11. Menciona los recursos mediante los cuales podia anularse una sentencia?
       Por intercessio de cónsules, revocatio in duplum

12. En que consiste el procedimiento apud iudicem?
       El funcionario dicta la sentencia sin mandar a las partes con un juez,puesto que desaparece la distinción de un instancia.

13. Que son los interdictos?
       Consistia en una orden del magistrado, de caracter administrativo, por la que se procura remedio a una controversia entre dos personas ordenando que se haga o que no se haga alguna cosa se dividen en prohibitorios,restitutorios, simples y dobles.

14. En que consiste el procedimiento sumario?
       Era el procedimiento en que el magistrado mediante una breve indagación sumaria del asunto en materias o alimentos, o en la entrega de la posesión provisional que se hacía al heredero impúber, o en la madre cinta, de los bienes hereditarios, dictaba un fallo de caracter provisional, susceptible de un nuevo examen mas profundo.

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