Se puede decir que esta ley representa el primer monumento legislativo del pueblo romano, en el periodo regio los comicidios curiados no tuvieron funciones legislativas.
Esta ley tambien es conocida como ley decenviral.
Segun la tradición , hacia el año 293 a.u.c el tributo de la plebe , presento a la asamblea una iniciativa para nombrar cinco magistrados investidos en todos los poderes publicos, que se encargaran de redactar y someter a la sancion de las asambleas nacionales un código de leyes para esta plebe.
Fueron aprobadas en 449 A.D.C.
Se dice que la ley fue redactada sobre tablas de bronce o roble, que fueron expuestas en el foro romano pro rostris, para que todo el pueblo las conociera y al decir de T. Livio, hay permanecieron hasta que fueron destruidas en el incendio de la ciudad de Galgos, en 391 A.D.C, cuando ya sus normas arraigado en la conciencia general.
Tabla I .- In ius vocando... Requisitos,dias y horas de pedir juicios.
Tabla II.- De iudiciis....Procedimiento,finanzas,testimonios judiciales.
Tabla III.- De oere confeso...Confesion en juicio y res iudicata(cosa juzgada).
Tabla IV.- De iure patrio...Nacimiento de hijos y patria potestad
Tabla V.- De hereditatibus et tutelis...Herencia,tutela, curatela.
Tabla VI.- De dominio possessione... Propiedad,usucapión,posesión.
Tabla VII.-De iure oedium et agrarum...De las servidumbres
Tabla VIII.- De delictis...Penas y obligaciones noxales. Se aplicaba
el talión para lesiones graves y la composición para lesiones menores.
Tabla IX.- De iure publico.
Tabla X.- De iure sacro... Sepulturas,exequias santurias.
Tablas XI y XII .- Suplementarias.
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