Las disposiciones juridicas que emanan del emperador y que en la epoca imperial llegaron a ser fuente primordial del derecho.Encontramos en Gayo" Constitución Imperial es la que el Emperador establece por decreto, edicto o rescripto".
Las Constituciones se dividian:
EDICTA: Disposiciones de caracter general para todo el imperio.
DECRETA: Resoluciones que edictaba el emperador en el jucio.
MANDATA: Instrucciones administrativas giradas a los funcionarios públicos.
RESCRIPTA: Respuestas a las consultas de los particulares en materia juridica.
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